DECLARACION DE LA RENTA FUERA DE PLAZO: GUIA PARA MODIFICAR EL IMPUESTO PRESENTADO EN PLAZO

¿Cómo actuar si presentaste la declaración de la renta en plazo pero ahora, una vez finalizado el mismo, detectas que hay errores o modificaciones que debes realizar?

La campaña de la Declaración de la Renta puede darse por terminada para millones de contribuyentes, pero eso no significa que el trámite quede cerrado para siempre. Es relativamente frecuente que, días o incluso meses después de presentar la declaración, el contribuyente detecte un error, encuentre un justificante que había olvidado o descubra que omitió algún dato relevante. En estos casos, la buena noticia es que la declaración puede modificarse, aunque el procedimiento dependerá del tipo de error cometido.

Lo primero es determinar si el fallo beneficia al contribuyente o, por el contrario, favorece a la Agencia Tributaria. Si el error ha provocado que se pagaran más impuestos de los debidos o que la devolución recibida fuera inferior a la que correspondía, el contribuyente puede solicitar una rectificación de la autoliquidación. Este procedimiento permite corregir la declaración para reclamar la devolución de las cantidades pagadas de más o aplicar deducciones o reducciones que se omitieron por error.

En cambio, si el fallo ha supuesto pagar menos de lo que correspondía o recibir una devolución superior a la debida, será el propio contribuyente quien deba presentar una declaración complementaria. Su finalidad es regularizar la situación tributaria incorporando los datos omitidos o corrigiendo aquellos que redujeron indebidamente la cuota a ingresar.

Entre los errores más habituales se encuentran olvidar declarar ingresos procedentes de un segundo pagador, no incluir rendimientos de alquileres o inversiones, omitir ganancias patrimoniales por la venta de acciones o inmuebles, introducir datos personales o bancarios incorrectos o pasar por alto deducciones por vivienda, donaciones, maternidad o mejoras de eficiencia energética. También es frecuente descubrir errores tras recibir un certificado fiscal emitido con posterioridad o revisar con más detalle la información fiscal facilitada por la Agencia Tributaria.

La modificación puede realizarse a través de Renta WEB, accediendo al expediente de la declaración ya presentada. El propio sistema guía al contribuyente para tramitar una rectificación o una declaración complementaria, según corresponda. Antes de confirmar el envío conviene revisar cuidadosamente toda la información para evitar nuevas incidencias.

Si de la modificación resulta una mayor cantidad a ingresar, es posible que deban abonarse intereses o, en determinados supuestos, recargos. No obstante, regularizar voluntariamente la situación suele ser mucho más favorable que esperar a que sea la Administración quien detecte el error durante una comprobación, ya que las consecuencias económicas pueden ser mayores.

Los asesores fiscales recuerdan que es recomendable conservar toda la documentación relacionada con la declaración durante el plazo legal de prescripción y revisar con calma los datos fiscales antes de presentar la Renta. Sin embargo, si el error ya se ha producido, corregirlo cuanto antes es la mejor manera de evitar complicaciones futuras.

La diferencia entre ambos trámites (rectificación o declaracion complementaria) puede resumirse en una pregunta muy sencilla:

  • Si el error te perjudica a ti, porque has pagado de más o has recibido una devolución inferior a la que te correspondía, debes solicitar una rectificación de la autoliquidación.

  • Si el error perjudica a Hacienda, porque has pagado menos impuestos de los que debías o has cobrado una devolución superior a la correcta, tendrás que presentar una declaración complementaria.

En caso de duda, los expertos aconsejan revisar el expediente antes de iniciar cualquier modificación, ya que elegir el procedimiento adecuado agiliza la tramitación y evita retrasos.

En definitiva, detectar un error después de presentar la Declaración de la Renta no significa que el proceso haya terminado. La normativa prevé mecanismos para corregir las declaraciones ya presentadas, tanto si el perjudicado es el contribuyente como si lo es la Administración. Actuar con rapidez y utilizar el procedimiento correcto permitirá regularizar la situación con las menores consecuencias económicas posibles.

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