Avances necesarios y retos pendientes para la protección de los consumidores.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Contratos de Crédito al Consumo, una reforma destinada a actualizar el marco regulatorio del crédito en España y
a adaptar la legislación nacional a las nuevas directivas europeas sobre crédito al consumo – (UE) 2023/2225 – y contratos de servicios financieros celebrados a distancia –
Directiva (UE) 2023/2673 .
El mercado del crédito al consumo ha experimentado profundas transformaciones en los últimos años; la digitalización de los servicios financieros ha favorecido la aparición de
nuevos actores y modelos de negocio, desde plataformas digitales de préstamos rápidos hasta microcréditos o tarjetas revolving. Estas nuevas modalidades han ampliado el
acceso al crédito, pero también han incrementado los riesgos de sobreendeudamiento y de prácticas abusivas, especialmente entre los consumidores más vulnerables.
Un mercado del crédito en transformación
En este contexto, la nueva regulación pretende reforzar la protección financiera de las familias y establecer un marco más claro y homogéneo para todos los operadores del mercado.
Uno de los elementos centrales del anteproyecto es la introducción de límites al coste del crédito. Por primera vez se establece un sistema de limitación general de la Tasa Anual
Equivalente (TAE) que toma como referencia el tipo medio del crédito al consumo al que se añade un margen adicional en función del importe del préstamo. Los márgenes previstos se estructuran en distintos tramos: para créditos iguales o inferiores a 1.500 euros se establece un margen de 15 puntos porcentuales; para importes entre 1.500 y 6.000 euros el margen será de 10 puntos; para créditos superiores a 6.000 euros con vencimiento inferior a ocho años el margen será de 8 puntos; y para préstamos de mayor duración se reducirá a 6 puntos porcentuales.
Hasta que se apruebe el desarrollo reglamentario definitivo, el anteproyecto fija además un límite máximo transitorio del 22% aplicable a las nuevas operaciones de crédito al
consumo. Este límite también se aplicará a la liquidación de las operaciones de tarjetas revolving existentes, uno de los productos financieros que mayor conflictividad judicial ha
generado en los últimos años. Desde la perspectiva de los consumidores, esta medida constituye un avance importante, aunque queda por ver si los límites finalmente establecidos resultarán suficientes para frenar determinadas prácticas de crédito excesivamente costosas.
Microcréditos y créditos de alto coste
La norma aborda también de forma específica el mercado de los créditos de alto coste, entre los que se encuentran muchos microcréditos de pequeña cuantía y plazo muy corto
que han proliferado especialmente en el ámbito digital. El anteproyecto establece que estos créditos deberán contar con un periodo mínimo de reembolso de al menos tres cuotas mensuales y limita su coste total a un tipo de interés mensual del 4% y una comisión máxima del 5%, con un límite de 30 euros. Además, el coste total del crédito no podrá superar el de un préstamo equivalente a doce meses bajo el régimen general.
Este cambio puede suponer una transformación significativa de este mercado. Actualmente, un microcrédito de 300 euros a 30 días puede tener un coste medio superior
a 100 euros, con la nueva regulación, el préstamo deberá devolverse en un plazo mínimo de tres meses y su coste máximo se reduciría aproximadamente a 40 euros. Otro de los aspectos relevantes del anteproyecto es el refuerzo de la supervisión del mercado del crédito; con la nueva norma, sólo podrán conceder préstamos al consumo las entidades registradas y supervisadas por el Banco de España, para ello se crean dos nuevas figuras: los Establecimientos Financieros de Crédito de Ámbito Limitado y los prestamistas de alto coste autorizados.
Más transparencia y derechos para los consumidores
La norma introduce mejoras en materia de transparencia y protección del consumidor; entre ellas destaca la obligación de presentar de forma clara la información precontractual, así como restricciones en la publicidad de los créditos de alto coste, evitando mensajes que destaquen únicamente la rapidez o facilidad de obtención del préstamo sin informar adecuadamente de sus condiciones económicas. Asimismo, el anteproyecto refuerza los derechos del consumidor en la contratación de servicios financieros a distancia, se introducen mecanismos para combatir las denominadas “dark patterns”, técnicas de diseño de interfaces digitales que pueden influir de forma indebida en las decisiones de los usuarios, y se refuerza el derecho de desistimiento en los contratos celebrados en línea.
Conviene recordar que muchos de los grandes conflictos financieros de las últimas décadas —como las participaciones preferentes, las cláusulas suelo hipotecarias, el índice IRPH o las propias tarjetas revolving— han afectado a cientos de miles de familias y han puesto de manifiesto las debilidades del sistema de protección del consumidor financiero.
Por ello, más allá de los avances que pueda introducir la nueva ley, resulta imprescindible reforzar el papel de las asociaciones de consumidores en la defensa colectiva de los
usuarios de servicios financieros; la experiencia demuestra que la información, la formación y la acción colectiva siguen siendo herramientas fundamentales para equilibrar la relación entre consumidores y entidades financieras.
El Anteproyecto de Ley de Crédito al Consumo representa, en definitiva, un paso necesario para adaptar la regulación a las nuevas realidades del mercado financiero, no obstante, su eficacia dependerá en gran medida de la capacidad del legislador para garantizar límites claros a las prácticas abusivas y para situar realmente la protección del consumidor en el centro del sistema financiero.
Desde ADICAE seguiremos participando activamente en el debate público y en los procesos de elaboración normativa, con el objetivo de que la futura ley contribuya a construir un mercado del crédito más transparente, equilibrado y justo para los consumidores.
Claves del Anteproyecto de Ley de Crédito al Consumo
• Introduce límites al coste del crédito mediante un sistema de referencia basado en el tipo medio del mercado.
• Establece un límite transitorio del 22% TAE para nuevas operaciones.
• Regula específicamente los microcréditos y créditos de alto coste.
• Fija un plazo mínimo de tres cuotas y limita su coste al 4% mensual más comisión máxima del 5% (hasta 30 €).
• Solo podrán conceder créditos entidades registradas y supervisadas por el Banco de España.
• Se crean nuevas figuras como los Establecimientos Financieros de Crédito de Ámbito Limitado (EFCAL).
• Refuerza la transparencia, la publicidad responsable y la protección en la contratación digital
